Escribe Esteban Collazo
El interbloque Nuevo Encuentro Popular y Solidario de la Cámara de Diputados,
encabezado por Carlos Heller y Martín Sabbatella, presentó un proyecto para
modificar la estructura financiera y crediticia del país, y, por lo tanto,
profundizar la distribución de la riqueza.
La actividad financiera en la actualidad tiene como marco
legal la ley de Entidades Financieras dictada el 14 de febrero de 1977, que
lleva las firmas del dictador Jorge Rafael Videla, Martínez de Hoz y del
ministro de Justicia dictatorial, el brigadier Julio Gómez. El proyecto de ley
de Servicios Financieros para el Desarrollo Económico y Social viene a
remplazarla y define que “la actividad financiera es un servicio público”,
percibiendo las necesidades de los usuarios y no de las entidades financieras.
En este sentido, regulará la orientación del crédito hacia las micro, pequeñas
y medianas empresas y las tasas de interés activas.
El proyecto introduce la existencia de cinco clases de
entidades: bancos comerciales, de inversión, hipotecarios, compañías
financieras y las cajas cooperativas de crédito, que fueron las principales
perjudicadas por la ley de Martínez de Hoz.
Asimismo, establece que el 40 por ciento del crédito sea
destinado a las PYMES y microemprendimientos, al tiempo que fija que ningún
banco pueda concentrar más del 8 por ciento del sistema financiero. El objetivo
es promover el acceso universal a los servicios financieros, fortalecer el
ahorro nacional y proteger los colocados en las entidades financieras, en
particular los correspondientes a los pequeños y medianos ahorristas, así como
también las necesidades de crédito para la vivienda y el consumo. Toda una
novedad.
En el texto parlamentario figura que el Banco Central de la República Argentina
tendrá que monitorear la concentración en las distintas operatorias de la
actividad financiera para resguardar un nivel leal de competencia. Los bancos
nacionales, por su parte, no podrán tener más del 30 por ciento de su capital
en poder de personas físicas o jurídicas radicadas en el exterior.
Los bancos privados, es importante destacar, ha incrementado
sus ganancias exponencialmente, contabilizando utilidades crecientes, hasta
alcanzar los 8048 millones de pesos en 2009, un 70 por ciento por encima de lo
acumulado en año anterior. Asimismo, los mayores cinco bancos privados del país
concentran el 51,4 por ciento de los activos totales privados, según expresa el
texto presentado por Heller que tiene el aval del oficialismo.
El proyecto también fija tasas de interés máximas para
préstamos a micro y pequeñas empresas: “las tasas no podrán superar en una
proporción del 5% a una tasa promedio ponderada del sistema financiero para ese
segmento.” Y encomienda al Banco Central establecer un listado de “Servicios
Esenciales” que las entidades deberán ofrecer dirigidos hacia los sectores de
menores ingresos de la población, para los que se fijarán pautas operativas
determinadas y un nivel máximo de comisiones. En la misma línea, se crea la Defensoría del Usuario
de Servicios Financieros, que estará bajo la orbita del Banco Central, cuya
misión será la defensa y protección de los intereses de los usuarios.
El plazo de adecuación a la norma, algo que a los grupos
económicos concentrados que tienen actividades en empresas de servicios de
comunicación audiovisual ha puesto irritables, en este caso deberá ser en forma
gradual en un plazo máximo de dos años, conforme lo disponga la reglamentación
que deberá dictar el BCRA.
Por último, el proyecto de Servicios Financieros para el
Desarrollo Económico y Social establece la modificación de la Carta Orgánica del
Banco Central, algo que venían reclamando amplios sectores de la sociedad.
En síntesis, lo que este proyecto hace es cambiar el sujeto.
Con la ley del neoliberalismo impuesta a fuego y terror por la dictadura, el
sujeto eran lo bancos; a partir de ahora, de aprobarse, el eje central pasará a
ser el usuario, es decir el trabajador, el pequeño y mediano productor, el
comerciante y los jóvenes que proyectan comprarse una casa, un departamento o
un auto. Para esto, los tres pilares fundamentales son la tasa, el destino y la
regionalidad. El primero, es el precio por el acceso al crédito, cuyo costo se
traslada al precio de los productos. La idea es que los bancos compitan en
bajar la tasa, con el consiguiente aumento de los volúmenes de dinero para
prestar. El segundo, con la ley vigente las entidades financieras pueden
direccionar el otorgamiento de crédito hacia los sectores que deseen, lo cual
no sería posible con el nuevo marco de reglas claras. En cuanto a la
regionalización, los grandes bancos son fundamentalmente urbanos, lo que impide
el acceso al crédito para los individuos alejados de los centros financieros.
La nueva ley incluiría condiciones de territorialidad para asegurar la total
cobertura financiera del país, algo que ha comenzado a estimular el Banco
Central a partir de la asunción de Mercedes Marcó del Pont.
Otro hecho trascendental que incorpora el proyecto, es el
espíritu que lo engloba: suplanta el objetivo de una mayor rentabilidad posible
por el de una mínima rentabilidad necesaria; y la actividad financiera deja de
ser una función de acumulación de capital para ser un servicio público.
La ley de la dictadura liberalizó el negocio bancario,
permitiendo una serie de crisis periódicas, quiebras y estafas a los usuarios,
hasta llegar al extremo del corralito y el corralón, ingeniados por Domingo
Cavallo para dar salida a la ilusoria convertibilidad que él también había
implementado durante el menemismo siguiendo el manual neoliberal de Martínez de
Hoz. La desregulación del Estado, el reemplazo de éste por el mercado, la fuga
de capitales, y todos los mecanismos que posee la “Patria Financiera”, han
encontrado un límite. El pasado lunes el bloque que lideran Heller y Sabbatella
presentaron el proyecto, el martes la Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró la
inconstitucionalidad de los indultos de Martínez de Hoz y Videla. Algo ha
cambiado en Argentina, “señal de que estamos cabalgando”.